La Justicia levantó la prohibición y permitió los fuegos artificiales y la pirotecnia a Pinamar

El fallo se produjo a raíz de una demanda presentada por la Cámara Argentina de Empresas de Fuegos Artificiales (CAEFA). La Justicia de Dolores hizo lugar a una demanda de la Cámara| Argentina de Empresas de Fuegos Artificiales (CAEFA) y ordenó la suspensión de una ordenanza que prohibía la pirotecnia y los fuegos artificiales en Pinamar.

De esta manera, el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº 1 de Dolores entendió que la ordenanza Nº 5106/2017 de la Municipalidad de Pinamar “violenta los artículos 9, 10, 11, 12, 14, 16, 17, 21, 28, 75, 121 y 126 de la Constitución Nacional, la Ley federal 20.249 y el Decreto 302/83”.

Y además, advirtió: “No puede haber mayor interés público que el irrestricto respeto de las normas constitucionales, internacionales y legales. Se satisface plenamente el interés público, cuando la misma Administración se adecua y cumple acabadamente lo dispuesto en el bloque de legalidad que la rige, respetando los derechos que encuentran amparo en nuestras Constituciones Nacional y de la Provincia de Buenos Aires”.

El fallo constituye una buena noticia para las 60.000 personas que trabajan gracias a la pirotecnia y constituye un golpe para la actividad clandestina que crece donde hay prohibiciones.

La presentación judicial de CAEFA, presentada este año, llevó cinco meses de negociaciones judiciales para ver qué juzgado tenía la competencia de expedirse al respecto y una vez que se resolvió esta situación, la sentencia se demoró apenas un mes.

Este fallo sigue el camino trazado por la Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, que ya había declarado inconstitucional la ordenanza de General Alvarado (Miramar); anulado las prohibiciones en Quilmes, Magdalena y Chascomús ; y derogado las prohibiciones en los municipios bonaerenses de Las Flores y Florencio Varela.

En la provincia de San Juan, la justicia también hizo lugar a las demandas presentadas en los comunas de Rivadavia y Santa Lucía.

Infobae

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